El impuesto catalán sobre el lujo se tiene que pagar retroactivo desde el 2017

El impuesto catalán sobre el lujo se tiene que pagar retroactivo desde el 2017

Los contribuyentes catalanes que disfruten de bienes de lujo como coches, embarcaciones, aviones o joyas pero que estén a nombre de una persona jurídica (empresa) deberán tributar con carácter retroactivo desde el 2017 y deberán hacerlo antes del próximo mes de octubre. Así lo aprobó el martes el Consell Executiu del Govern de la Generalitat después de que el Tribunal Constitucional lo validara en marzo pasado.

Ese tributo conocido popularmente como impuesto de bienes de lujo se aprobó en el 2017 a instancias de la CUP para luchar contra el fraude que significa “incorporar patrimonio personal en estructuras societarias”, según informó el Govern en un comunicado. El tributo grava entre un 0,25% y un 2,75% el valor de los activos no productivos. Es el mismo tipo que patrimonio. En esa misma nota, el Ejecutivo destacó que el impuesto “tiene una finalidad extrafiscal porque per­sigue incentivar que se adecue la ­titularidad jurídica de los bienes no productivos a su titularidad real”.

El presidente del Consejo de Economistas, Valentí Pich, dijo este miércoles que el devengo del impuesto “será de gestión muy difícil porque no es homologable a ningún otro territorio”. Es un tributo que sólo existe en Catalunya y que tampoco tiene equivalencia con impuestos de otros países.

El Govern prevé que hoy mismo o a lo largo de los próximos días se publique un real decreto que modifique la ley del 2017. Esencialmente los cambios que se introducirán es que este año de forma excepcional se permitirá el pago del impuesto entre octubre y noviembre porque se exigirá el abono no sólo del año en curso (2019) sino de los dos ejercicios precedentes (2018 y 2017). El Govern puede exigir el pago del tributo desde su aprobación porque sólo fue suspendido cautelarmente hasta que se pronunciara el Tribunal Constitucional ante una denuncia del Gobierno central.