La CNMV aboga por la prohibición total de los incentivos en la venta de productos a particulares

La CNMV aboga por la prohibición total de los incentivos en la venta de productos a particulares

El supervisor que preside Sebastián Albella es muy tajante con uno de los temas más polémicos: la comercialización de productos y el cobro de incentivos por parte de las entidades. Así, apoya una prohibición total de incentivos por la distribución de instrumentos financieros dirigidos a clientes particulares.

«El supervisor considera que, para que esta prohibición sea efectiva, debe extenderse también a los productos de inversión basados en seguros (…) para evitar arbitrajes regulatorios entre productos financieros similares», señala la boutique de asesoramiento regulatorio finReg. Y, por supuesto, tendría que aplicarse en todos los países.

Si finalmente se permite seguir con el cobro de incentivos, la CNMV no está a favor de requisitos adicionales a las entidades, que solo supondrían una mayor carga administrativa y operacional sin ningún beneficio significativo para los clientes. Al contrario, aboga por reforzar y hacer más efectivos los actuales requisitos para el cobro de incentivos, como se ha hecho ya en España. Por ejemplo, la CNMV impide sacar partido de la integración vertical: cuando el distribuidor es del mismo grupo que la gestora de los fondos. En este caso, no importa que cobren o no comisión de distribución. Si la comisión de gestión no baja, se mantiene todo el beneficio, que además queda en casa al 100%.

El supervisor español propone fijar una lista tasada de supuestos para justificar un aumento en la calidad del servicio. Ahora, el vendedor tiene que cumplir alguno de los dos siguientes puntos bajo el servicio de asesoramiento no independiente, pues en el independiente, no se podrán cobrar incentivos en ningún caso: que también ofrezca productos de terceros y no solo propios, que se comparen sus características y que la entidad realice un seguimiento de la idoneidad del producto para el cliente.

La CNMV no considera necesaria una nueva categoría de clientes «semiprofesionales», como proponía la Comisión. Esta nueva categoría complicaría el sistema actual de clasificación de clientes que ya permite tratar a determinados minoristas más experimentados como clientes profesionales, según resume finReg. Sin embargo, está a favor de flexibilizar los requisitos de información sobre costes y gastos a todo tipo de clientes profesionales.

Respecto a la obligación de separar de los costes de ejecución y de análisis, la CNMV solicita a la Comisión reconsiderar todo régimen de Mifid 2. Explica que los requisitos de la normativa sobre este punto, si bien han supuesto una reducción de los costes aplicables, han limitado la cantidad y calidad del análisis financiero disponible y han dejado sin cobertura a muchas empresas de pequeña y mediana capitalización bursátil.