La Comisión da dos meses a España para incluir la norma contra el blanqueo de capitales

La Comisión da dos meses a España para incluir la norma contra el blanqueo de capitales

La Comisión Europea ha dado un ultimátum a España para que incorpore a su legislación nacional la cuarta directiva contra el blanqueo de capitales y ha advertido que, si no lo hace en dos meses, llevará al país ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Los países de la UE tenían hasta el 26 de junio de 2017 para transponer esta directiva y la Comisión abrió un expediente a España el pasado 23 de noviembre para instarle a que completase el proceso.

Sin embargo, el Ejecutivo europeo constató que «hasta el momento, España sólo ha transpuesto parcialmente la normativa» por lo que dio un paso más en su procedimiento de infracción con el envío de un dictamen motivado. La cuarta directiva contra el lavado de dinero, aprobada en 2015, introduce requisitos de transparencia sobre los titulares reales de las empresas para poner la información a disposición de las autoridades de los Veintiocho, así como mayores obligaciones para los bancos o intermediarios a la hora de evaluar los riesgos de ciertas actividades. También refuerza el poder para imponer sanciones de las autoridades competentes.

Sin embargo, los estados acumulan importantes retrasos y deficiencias en su transposición: en la actualidad hay procedimientos de infracción en curso contra veinte países, tres en fase de remisión al TJUE, nueve en la segunda fase del proceso -dictamen motivado- y ocho en la inicial (cartas de emplazamiento).Además de contra España, la Comisión ha avanzado en el procedimiento por esta razón contra Malta y Letonia con el envío de sendos dictámenes motivados y ha remitido a la justicia europea a Grecia, Irlanda y Rumanía.

Entretanto, se ha acordado ya la quinta directiva contra el blanqueo de capitales, que entró en vigor el 9 de julio de 2018, y los estados miembros tienen hasta el 10 de enero de 2020 para transponerla.