Bruselas ultima la nueva ley para combatir la precariedad laboral

Bruselas ultima la nueva ley para combatir la precariedad laboral

El Parlamento europeo aprobó el jueves de la pasada semana la propuesta de Directiva europea para regular las condiciones laborales mínimas que deberán cumplir todos los trabajadores europeos. La nueva normativa –cuyos impulsores prevén que esté aprobada en el actual mandato europeo– está destinada a todo tipo de trabajadores, pero, en la práctica, afectará, sobre todo, a los empleados por la denominada economía de plataformas digitales, como son los casos de las compañías Deliveroo o Uber, entre otras muchas.

Pero estos nuevos requisitos mínimos no solo están destinados a estos trabajadores sino que “amplía estos derechos a todo tipo de personas que tenga una relación de dependencia económica y de gerencia con otro y eso en España y en el resto de países europeos también incluye, por ejemplo, a todos los autónomos y a la figura del autónomo dependiente o empleados de hogar etc.”, precisa el ponente principal de esta propuesta, el eurodiputado español Enrique Calvet, del Grupo de Alianza de los Liberales y Demócratas por Europa (ALDE).

Los nuevos requisitos mínimos que deberán cumplir las empresas persiguen “combatir la precariedad laboral y a regular la situación de nuevas formas de trabajo”, explican desde el Parlamento europeo. “Se trata de poner a todos los trabajadores, sin excepción, bajo cobertura legal; de hacer universales los derechos laborales básicos y que no haya que ir a juicios para que se reconozcan”, explicó Calvet. La mayoría de las nuevas exigencias ya existen por ley en España para los asalariados convencionales, pero servirán para cubrir ciertas lagunas para otros tipos de relación laboral.

Entre las principales exigencias que ha aprobado la cámara comunitaria están la obligación por parte del empresario de “informar por escrito al trabajador” de algunas de sus principales condiciones laborales como son la duración de su jornada o el salario. En los casos de puestos con horarios variables, lo trabajadores deberán ser informados sobre cuándo deberán realizar sus horas de trabajo y establecer “que esas horas sean pagadas con garantías”.

Asimismo, la propuesta de Directiva aprobada indica que aquellos trabajadores temporales u ocasionales que trabaja “bajo demanda” del empresario o formas de empleo similares, “deberán tener un nivel mínimo de estabilidad y previsibilidad y ser capaces de rechazar, sin consecuencias negativas, una asignación de trabajo fuera de las horas predeterminadas o deberán ser remunerados si dicha asignación del trabajo no se canceló a tiempo”.

Otra de las novedades de esta propuesta normativa es que el empresario “no podrá prohibir a los trabajadores que tengan otro trabajo con una compañía diferente, ni podrán tampoco sancionarlo por ello”, según lo aprobado inicialmente por el Parlamento.

Los periodos de prueba no podrán superar los seis o nueve meses en los cargos de gerencia. Y, en ningún caso podrá extenderse el periodo de prueba del trabajador unilateralmente por parte del empresario. Finalmente, se prevé también que el empresario esté obligado a dar formación al trabajador, como un derecho de éste, “dentro de las horas de trabajo y deberá contabilizarse como tiempo trabajado”.

Este texto se discutirá a partir de noviembre en lo que se denomina en el argot comunitario, el Trílogo, que está formado por los ponentes de la norma en el Parlamento, los representantes del Consejo Europeo (los Gobiernos de todos los Estados miembros) y la Comisión Europea.