El Gobierno reduce del 10% al 5% la rebaja del alquiler exigida para obtener la bonificación del 90%

El Gobierno reduce del 10% al 5% la rebaja del alquiler exigida para obtener la bonificación del 90%

El Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos ha modificado levemente el diseño del paquete de incentivos fiscales que recogerá la futura ley de vivienda y que tendrá el objetivo de fomentar el abaratamiento de los alquileres en las conocidas como zonas tensionadas. En concreto, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha decidido reducir del 10% al 5% la rebaja que los caseros tendrán que llevar a cabo en el precio de las viviendas arrendadas para poder acogerse a la máxima bonificación recogida en la norma, de hasta el 90% de los rendimientos obtenidos. La razón del cambio, avanzan a este diario fuentes de la cartera que dirige Raquel Sánchez, es que a los propietarios de estos inmuebles les compense llevar a cabo este abaratamiento, ya que con el anterior planteamiento la rebaja no estaba asegurada en todos los casos.

La futura ley de vivienda, que el Ejecutivo llevará previsiblemente al Consejo de Ministros del próximo martes 26, contiene una serie de deducciones fiscales a las que podrán acogerse los arrendadores de las zonas tensionadas. Por norma, el porcentaje de bonificación general –hoy del 60%– se reducirá al 50%, pudiéndose modular en diferentes cantidades hasta un máximo del 90% en función de una serie de requisitos, como haber rehabilitado el inmueble, alquilar a menores de 35 años o haber llevado a cabo una rebaja del precio.

En un principio, para optar a la ventaja máxima del 90%, el propietario debería bajar la renta del inmueble en un 10%. Sin embargo, según los cálculos llevados a cabo el pasado mes de marzo por el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), basados en los datos oficiales de rendimientos del alquiler y adelantados por este periódico, la bonificación no compensaría la pérdida de ingresos causada por el abaratamiento en el caso de los caseros que se encuentran en los tramos más acaudalados de renta.

Con esta pequeña modificación, detallan las mismas fuentes de Transportes, “a todos los propietarios les saldrá rentable bajar los precios, por lo que se contribuirá a un abaratamiento generalizado en las zonas tensionadas, que es uno de los objetivos de la ley”.

Según el análisis de Gestha, completado con cálculos propios, un propietario medio con ingresos de entre 30.000 y 60.000 euros (el tramo mayoritario dentro de los declarantes con rentas inmobiliarias) y con un rendimiento del alquiler de 4.267 euros (según consta en los últimos datos de Hacienda) pasaría de una deducción media actual de 947 euros (con la bonificación vigente del 60%) a una de 1.123 euros (con la nueva del 90%). Esta diferencia de 176 euros no compensaría la pérdida de ingresos por la rebaja del precio del alquiler, del 10%, pero sí saldría rentable si la rebaja fuese únicamente del 5%.

Con esta medida, el objetivo del ministerio es doble. Así, el departamento que dirige Sánchez aspira a que los contratos ya existentes, que continuarán con la bonificación del 60%, se pasen al nuevo modelo y que los que se firmen desde que entre a funcionar la ley de vivienda se abaraten respecto al contrato previo para que los caseros puedan deducirse la mayor cantidad posible.

Hay que tener en cuenta que una vez se apruebe la norma convivirían durante algún tiempo las bonificaciones actuales del 60% con las generales del 50%, ya que este nuevo beneficio base empezaría a funcionar en los nuevos contratos del alquiler. La batería de bonificaciones solo podrá beneficiar a los propietarios con inmuebles en alquiler en zonas tensionadas, un concepto que la norma definirá por primera vez.

La ley, a su vez, también contempla topes a los precios del alquiler de las viviendas pertenecientes a grandes propietarios (más de 10 inmuebles) en zonas tensionadas con personalidad jurídica, si bien esta limitación dependerá de las comunidades autónomas. La norma prevé también recargos de hasta el 150% en el impuesto de bienes inmuebles (IBI) de las casas deshabitadas que pertenezcan a una persona física o jurídica con más de cuatro inmuebles en propiedad, un gravamen que dependerá en este caso de los ayuntamientos. Entre otras medidas, el texto contiene una rebaja del 80% al 45% en el beneficio fiscal al que se acogen las entidades arrendadoras de viviendas.