Los acreedores podrán cesar a los directivos de una empresa con la indemnización mínima

Los acreedores podrán cesar a los directivos de una empresa con la indemnización mínima

Los acreedores pueden instar a que, en el marco de la negociación de los acuerdos de reestructuración de una empresa con problemas financieros, se cese a la alta dirección y los consejeros ejecutivos de una compañía en esta situación. Y lo pueden hacer sin ninguno de los blindajes con los que los directivos se suelen proteger.

La nueva ley concursal ha dado la vuelta a todo el panorama de reestructuraciones en España. La normativa da más herramientas a la compañía y a sus acreedores para encontrar una solución para empresas que prevén van a tener problemas para cumplir con sus obligaciones financieras en el futuro, antes de llegar al concurso de acreedores. Crea los planes de reestructuración, unos acuerdos que deben alcanzar los acreedores y la firma para reflotar la empresa con problemas antes de llegar al concurso de acreedores.

En este marco, la ley introduce un arma potente. Los acreedores pueden incorporar en ese acuerdo de refinanciación previo al concurso el despido de los gestores de la empresa con problemas. La ley introduce, además, un régimen especial para los altos directivos, cuyos contratos podrán ser suspendidos o extinguidos.

"Esta medida, sumada a otras que tiene la norma como la posibilidad de arrastrar accionistas, tiene como objetivo facilitar el acuerdo. Así, la existencia de esta regulación debería funcionar como una suerte de incentivo para que los directivos alcancen acuerdos. Si la norma consigue incentivar que las partes lleguen a un acuerdo, no debería ser un aspecto al que se recurra de manera muy habitual, sino más bien de forma ocasional", afirma Francisco Sainz-Trápaga, socio de Linklaters.

Este despido no debe regirse por las elevadas indemnizaciones que pactan los directivos. La ley permite que, sin un acuerdo, estos directivos sean despedidos con la indemnización mínima legal: 20 días por año, con un tope de 12 mensualidades. Y permite que acudan a la justicia para revertir esos acuerdos de reestructuración.

"El régimen indemnizatorio anterior podrá generar, en no pocas ocasiones, cierto conflicto de interés en los altos directivos o consejeros ejecutivos del deudor, que podrían no tener especial incentivo para promover un plan de reestructuración que podría reducir sustancialmente los derechos indemnizatorios pactados en sus contratos, en la mayor parte de los casos muy superiores a la indemnización máxima prevista por el texto concursal.

Lo anterior será especialmente relevante cuando sea precisamente ese alto directivo ejecutivo quien, por su conocimiento del negocio y su relación con los acreedores, sea clave o pueda ayudar a alcanzar el acuerdo sobre el plan de reestructuración. Muy seguramente serán los propios altos directivos y ejecutivos quienes exijan, en tal caso, la salvaguarda de todos o parte de sus derechos indemnizatorios antes de iniciar las conversaciones sobre la reestructuración", explica Silvia Bauzá, responsable de Laboral de Allen&Overy.